Antes de comenzar una reforma
Revisa condiciones y contratos para evitar sorpresasIMPRESCINDIBLE ANTES DE ACOMETER UNA OBRA O REFORMA :
Antes de hacer una Obra o Reforma, no solo hay que exigir responsabilidad, seriedad y profesionalidad a la empresa contratada, sino qué a su vez, esta debe de exigirle al Cliente, exactamente lo mismo.
Desde GRS SOLUCIONES ASTURIAS recomendamos siempre no iniciar una obra sin un CONTRATO que ampare o proteja a ambas partes.
Establecer un contrato debería de ser obligatorio, de esta manera se intentaría evitar los fraudes que a veces se comenten en determinadas reformas u obras.
El contrato bien podría ser este modelo que detallaremos o uno muy similar, donde el CLIENTE y la CONTRATA de Obras y Reformas se sientan cómodos.
No se fie de aquellas empresas que le oferten una Obra o Reforma sin un contrato de obra.
¿Qué debe contener el contrato de reforma, reparacion o rehabilitacion?
En los contratos deberían de registrarse unas condiciones mínimas tales como, la fecha de firma del contrato, los intervinientes, el domicilio donde se realizaría la reforma, el presupuesto y los acuerdos, debería de reflejar el inicio y fin de la obra, así como su precio, el detalle de lo que se va a realizar, los materiales, las condiciones de pago, los posibles problemas que puedan surgir en caso de ampliaciones o prórrogas, …
GRS SOLUCIONES ASTURIAS, empresa de reformas y obras en Oviedo, Gijón, Avilés…, tiene varios tipos de contratos en función de la envergadura de la obra y sus condicionantes, aunque el más típico sería uno tal como el que adjuntamos,
PROMOTOR: D. ANSELMO RODRIGUEZ MAROTO
CONTRATA: GRS SOLUCIONES S. L.
FECHA: 30/09/2020
OBRA: GENERAL ELORZA 70 4 H 33001 OVIEDO
En Oviedo, a 30 de SEPTIEMBRE de 2020.
INTERVIENEN:
a) De una parte, D. AURELIO GARCIA MANDEZ, mayor de edad con D.N.I. núm. 11067758B, en nombre y representación y en su condición de Apoderado de la entidad GES SOLUCIONES S.L. domiciliada en Cayés- Llanera CP 33428 C/Secundino Roces Riera 5 2 (en adelante EL CONTRATISTA).
b) Por otra parte, D. ANSELMO RODRIGUEZ MAROTO, mayor de edad, con D.N.I. núm. 36.025.623 G, con domicilio a efectos del presente contrato en la calle General 70 4 H, C.P. 33003 de Oviedo (en adelante El CLIENTE).
Se reconocen mutuamente la legitimación y capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Contrato y de sus mutuas y espontáneas voluntades,
EXPONEN:
I. Que EL CLIENTE es propietario de la vivienda, en la que tiene la intención de realizar trabajos de reforma, situada en …………………………….. , calle ………………………
II. Qué estando EL CLIENTE interesado en contratar los servicios del CONTRATISTA, y este en prestar sus servicios para realizar los trabajos de obra indicados, las partes
ACUERDAN:
PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO, TRABAJOS A REALIZAR
EL CLIENTE encarga al CONTRATISTA la realización de los trabajos de obra, los cuáles se detallan en el documento/presupuesto que se adjunta como ANEXO I.
El CONTRATISTA acepta el encargo recibido.
1.2 Dichos trabajos y/o instalaciones se realizarán de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el CLIENTE y podrán ser objeto de revisión por necesidades operativas del CLIENTE, dando lugar a revisión de precio.
SEGUNDO. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
2.1 Los trabajos a realizar por el CONTRATISTA serán realizados mediante la utilización de su propio personal o personal subcontratado por él, debiendo cumplir en todo momento con la Normativa vigente, y especialmente toda la normativa laboral y sobre seguridad y salud en el trabajo. EL CLIENTE quedará siempre al margen de las relaciones entre el CONTRATISTA y el personal contratado y/o subcontratado.
2.2 El CONTRATISTA se hace plenamente responsable de la coordinación en obra tanto de sus profesionales como del resto de profesionales que intervengan en la misma.
TERCERO. MATERIALES
3.1 Todos los materiales, productos e instalaciones a emplear en la ejecución de las obras objeto del presente contrato, corren a cuenta del CONTRATISTA y serán de la calidad referida en el presupuesto. Cualquier cambio de los acabados/materiales realizados en el transcurso de la obra por parte de EL CLIENTE será valorado y si es necesario EL CONTRATISTA realizará un presupuesto para la aceptación de EL CLIENTE.
CUARTO. PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE PAGO
4.1 El precio de ejecución de los trabajos se establece en el presupuesto presentado por el CONTRATISTA, que se incorpora como ANEXO I al presente contrato y que asciende a la cantidad de……………… euros (…………………………… EUROS) a este importe hay que imputarle el I.V.A. correspondiente o el impuesto equivalente.
Todos los trabajos adicionales no contemplados en el ANEXO I y solicitados por EL CLIENTE, serán objeto de un presupuesto adicional que será debidamente aceptado por EL CLIENTE.
4.2 El CLIENTE pagará las facturas emitidas por el CONTRATISTA según las condiciones de pago acordadas a continuación, certificaciones:
1 Pago a la firma del contrato, equivalente a la cantidad de
2 Pago en fecha …. de……de 2020, equivalente a la cantidad de
3 Pago a la finalización de los trabajos, equivalente a la cantidad de……
4.3 Cuando exista incumplimientos en las condiciones de pago, el CONTRATISTA podrá paralizar la obra, reiniciándola una vez que se restablezcan las condiciones de pago.
Transcurridas 48 horas sin respuesta del CLIENTE, o sin producirse el pago, el CONTRATISTA
podrá reclamar por escrito al CLIENTE la obligación de pago, los intereses de demora y la indemnización por los costes de la paralización y de cobro.
4.4 Los costes de paralización no sólo afectaría al coste de la obra mientras no se acuerde con el CLIENTE el reinicio de la misma y sus correspondientes pagos y costes incluidos, sino que además los días de paralización se añadirán a la fecha de finalización de los trabajos, obteniendo el CONTRATISTA al menos 10 días más de margen para su finalización.
QUINTO. AMPLIACIÓN
5.1 Si durante el desarrollo de las obras, o con posterioridad a la misma, EL CLIENTE solicitase introducir ampliaciones o adiciones al Proyecto Inicial y siempre y cuando estas adiciones o ampliaciones no estén contempladas en el referido Proyecto Inicial, las partes acuerdan que el CONTRATISTA presentará un presupuesto complementario en el que se indique la modificación a realizar, el coste de dicha modificación, así como la fecha de finalización de la obra, en el supuesto de que esta variase.
5.2 Para el supuesto de que EL CLIENTE aceptase dicho presupuesto, el CONTRATISTA procederá a realizar la adición o ampliación correspondiente.
5.3 En caso de discrepancia en el importe del presupuesto de adiciones y/o ampliaciones, ningún caso el CONTRATISTA podrá negarse a ejecutar las adiciones y/o ampliaciones requeridas, aplicándose en este caso precios de base de datos que indicase la Dirección Facultativa.
SEXTO. PLAZOS Y FASES DE EJECUCIÓN
6.1 La fecha prevista de inicio es el 21 de SEPTIEMBRE de 2020 y la fecha límite para finalización de los trabajos el 31 de OCTUBRE de 2020.
6.2 Por cada día de retraso de la fecha límite de finalización, el CONTRATISTA devengará una penalización por incumplimientos de XXXXXXXX EUROS, siempre que este retraso no sea debido a vicios ocultos, impagos, plazos de entrega de materiales, huelga de transporte, …, en definitiva, características o situaciones especiales ajenas al CONTRATISTA
6.3 El referido plazo de ejecución podrá ser variado, siempre y cuando surjan causas de fuerza mayor debidamente justificadas que impidan su cumplimiento, o bien cuando sea acordado por ambas partes por razones de organización global de los trabajos de la obra.
6.4 En el caso de que se produjeran vicios ocultos, es decir, defectos de construcción que al presupuestar no se vieron, bien porque no estaban a la vista, o porque se desconocía su existencia, El CONTRATISTA advertirá de inmediato al CLIENTE en el plazo máximo de 48 horas laborables para tomar decisiones de acuerdo con él.
Estos vicios ocultos paralizarían la ejecución de la obra si no se toman decisiones o no se puede avanzar, no obstante, el coste y el tiempo de paralización nunca sería por cuenta del CONTRATISTA.
SÉPTIMO. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
7.1 En previsión de cualquier daño que el CONTRATISTA pudiera ocasionar a terceros, por la presente, el CONTRATISTA, se responsabiliza de todos y cada uno de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar durante o derivados de la ejecución de sus trabajos y/o intervención o de sus empleados, obligándose a solucionarlos utilizando su mano de obra o bien a indemnizar a quien corresponda con el coste correspondiente. A tal efecto, el CONTRATISTA tiene suscrita una póliza con la Compañía de Seguros ALLIANZ, que cubre la
responsabilidad civil y que es de aplicación para la presente Obra. Dicha Póliza y el recibo acreditativo del abono de la prima serán de obligatoria presentación a EL CLIENTE a su simple requerimiento y se adjunta copia en el Anexo II del presente contrato.
En el caso de existir vicios ocultos o mala fe, los daños ocasionados, todos, serían por cuenta del CLIENTE nunca del CONTRATISTA.
7.2 El CONTRATISTA deberá de cumplir todos los requisitos y obligaciones inherentes a su actividad, tanto en el campo laboral y fiscal, como en él de seguridad y prevención de riesgos laborales.
OCTAVO. RESCISIÓN DE CONTRATO
8.1 EL CLIENTE podrá unilateralmente declarar rescindido el presente contrato, haciendo suyas las cantidades pendientes de pago al CONTRATISTA, sin perjuicio de la reclamación por daños y perjuicios que en su caso pudiera derivarse, por alguna de las siguientes causas:
– Por retraso en las obras más de diez días naturales sobre los plazos convenidos en la cláusula sexta del presente contrato.
– Por la realización de las obras de forma o calidad distinta a las normas, órdenes o instrucciones que EL CLIENTE haya cursado al CONTRATISTA.
– Y en general, por incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las cláusulas del presente contrato.
NOVENO. DISPOSICIONES FINALES
9.1 Para cualquier cuestión que tenga por causa la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes se someten, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Asturias y serán a cargo del causante del incumplimiento todos los gastos judiciales, así como los honorarios y derechos de letrados y procuradores.
Y en prueba de conformidad ambas partes firman todas las hojas de este contrato y sus Anexos, por duplicado y a un solo efecto, en la fecha indicada en el encabezamiento.
Fdo. EL CLIENTE Fdo. EL CONTRATISTA